INE: ¿podemos considerarlo un ‘buen juez’?
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El árbitro electoral no mostró congruencia ni sentido común en la revisión del financiamiento de su edificio en Saltillo, debió aplicar el mismo rigor con el que juzga a los partidos
La voz popular advierte con sabiduría que “el buen juez, por su casa empieza”. Con tal expresión se busca llamar la atención sobre un aspecto de la mayor relevancia para quien –o quienes– tienen como responsabilidad pronunciarse respecto de las faltas de los demás: la congruencia.
En efecto, la congruencia constituye un elemento fundamental para que la tarea de juzgar a otros pueda alcanzar sus cometidos ulteriores, es decir, que logre restañar el honor de quien hubiera sido injustamente acusado de una conducta indebida o bien, que logre inhibir las conductas indeseables imponiendo castigos ejemplares a quien viole la ley.
Porque a final de cuentas la labor del juzgador debe pasar por el más importante de los filtros: el de la opinión colectiva que, aún sin partir de los conocimientos especializados para juzgar, cuenta con una herramienta que es, para todo efecto práctico, suficiente para “evaluar” la labor del juzgador: el sentido común.
Y desde la perspectiva del sentido común, las cosas resultan verdaderamente simples: no es posible otorgar credibilidad y plena confianza a un individuo –o una institución– que actúa de forma incongruente.
El comentario viene al caso a propósito del reporte periodístico que publicamos en esta edición, relativo al retraso de casi dos años que lleva la construcción del edificio que albergaría en Saltillo las oficinas estatales del Instituto Nacional Electoral.
De acuerdo con la información conocida, el proyecto constructivo “fracasó” porque el INE asignó el contrato respectivo mediante el mecanismo de adjudicación directa y lo hizo a favor de una empresa que le mintió al decirle que contaba con el financiamiento necesario para desarrollar los trabajos de construcción del edificio.
Hace apenas unos días, el INE concluyó el proceso de fiscalización de los recursos utilizados por los partidos políticos en sus campañas y lo hizo imponiendo multimillonarias sanciones a estos a partir de criterios que los participantes de la contienda electoral han calificado de “rigoristas”.
No se trata, por supuesto, de abogar aquí para que la fiscalización a los partidos políticos sea menos rigurosa. Está bien que la autoridad se ponga exigente con quienes reciben miles de millones de pesos de los contribuyentes y están obligados por ello a rendir cuentas de forma puntual.
De lo que se trata es de llamar la atención respecto del elemento que en la comparación de estos dos casos salta a la vista: ¿no debería actuar el INE con el mismo rigor con el cual fiscaliza a los partidos al momento de contratar proveedores y asegurarse, por lo menos, de que estos no le engañen con un hecho tan simple como mentir respecto de su situación financiera?
Resulta incongruente, por decir lo menos, que mientras el Instituto fiscaliza con rigor las finanzas partidistas y, de acuerdo con los elementos a la vista, es eficiente al hacerlo, resulte ineficaz al momento de contratar una constructora y ello derive en la suspensión de una obra por dos años.
Difícil, a partir de esta circunstancia, concederle confianza absoluta a un juez que parece incapaz de iniciar, como los buenos jueces, por la propia casa.