¿Ya necesitas un descansito?... cuándo es el Megapuente de noviembre y cuándo inician las vacaciones de invierno 2023
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El megapuente de noviembre será el último del año, pero abre paso a las vacaciones de invierno
Ya inició noviembre y con el se aproxima el último megapuente del año, que será del viernes 17 al lunes 20 de noviembre, debido al aniversario del inicio de la Revolución Mexicana, que ocurrió en 1910.
Además, la Ley Federal del Trabajo indica que el 20 de noviembre o el tercer lunes del mes es considerado de descanso obligatorio para todos los trabajadores en México.
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Este megapuente aplica para las y los estudiantes de educación básica. Para las y los trabajadores el descanso aplicará solamente el lunes 20.
OTRO PUENTE EN NOVIEMBRE PARA ALUMNOS DE LA SEP
Un periodo de descanso más se suma a noviembre, pero este solo aplicará para estudiantes de educación básica: preescolar, primaria y secundaria.
Este se debe a que el 24 de noviembre es el último viernes del mes, y de acuerdo con el calendario de la Secretaria de Educación Pública (SEP), habrá taller intensivo de formación continua para los docentes.
Por lo tanto, el puente para las y los alumnos será del viernes 24, sábado 25 y domingo 26 de noviembre. Los maestros y demás trabajadores del sector sí tendrán actividades.
¿CUÁNDO INICIAN LAS VACACIONES DE INVIERNO?
Los alumnos de educación básica tomarán el último día de clases de 2023 el próximo viernes 15 de diciembre, pues las vacaciones de invierno comienzan el lunes 18, de acuerdo con el calendario del ciclo escolar 2023-2024.
Las vacaciones de invierno concluyen el viernes 5 de enero de 2024, debido al taller intensivo de formación continua para docentes, por lo que los estudiantes de preescolar, primaria y secundaria regresarán a las aulas el lunes 8 de enero.
¿CÓMO SE PAGAN LOS DÍAS FESTIVOS SI LO TRABAJAS?
La Ley del Trabajo contempla los casos de trabajadores que, siendo día de descanso obligatorio, tienen que laborarlos.
El Artículo 75 de la Ley del Trabajo establece cómo se debe pagar a los trabajadores que presten sus servicios en sus días de descanso.
El patrón deberá pagar al trabajador, independientemente del salario que le corresponda por el descanso, un salario doble por el servicio prestado.
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Es decir, el trabajador que realice actividades remuneradas en un día que es de descanso obligatorio por Ley, le corresponderá el salario diario normal más el doble, explica la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).
Por ejemplo: si un trabajador gana un salario diario de ordinario de 300 pesos y trabaja el lunes 20 de noviembre, su patrón o empresa deberá pagarle de forma adicional un monto doble, es decir, 600 pesos, para hacer un total de 900 pesos mexicanos.
La Ley del Trabajo aplica a todos los trabajadores subordinados, sin importar que se labore en una empresa, en negocios, en plazas comerciales o pequeños comercios.